Modelo de contrato de suministro
El nuevo modelo de contrato
Aunque en numerosas publicaciones se debaten los usos y beneficios potenciales de blockchain y los contratos inteligentes (Kosba et al., 2016; Nofer et al., 2017; Surujnath, 2017), identificamos varias lagunas de investigación que deben abordarse mediante las siguientes preguntas: (1) ¿Qué elementos son necesarios para una definición exhaustiva de los contratos inteligentes en el contexto de la gestión de la cadena de suministro? (2) ¿Qué conocimientos se aportan en la literatura en la intersección de los contratos inteligentes y la sostenibilidad de la cadena de suministro? (3) ¿Cómo pueden clasificarse las posibles relaciones entre los contratos inteligentes y la sostenibilidad de la cadena de suministro? (4) ¿Qué niveles de madurez de la cadena de suministro digital admiten blockchain y contratos inteligentes para mejorar la sostenibilidad? (5) ¿Qué propuestas principales deben abordarse en una agenda de investigación sobre contratos inteligentes sostenibles en las cadenas de suministro?
La contribución de este artículo es triple: En primer lugar, contribuimos al desarrollo de la teoría dentro del marco teórico para la investigación de SCM basada en blockchain introducida por Treiblmaier (2018) en la intersección de blockchain, contratos inteligentes y gestión sostenible de la cadena de suministro, haciendo coincidir sistemáticamente la madurez de la cadena de suministro y la organización con los desafíos tecnológicos y de sostenibilidad relevantes. En segundo lugar, presentamos un nuevo enfoque para evaluar los impactos de las inversiones tecnológicas mediante la categorización de las posibles relaciones entre los contratos inteligentes y la sostenibilidad de la cadena de suministro. En tercer lugar, proponemos futuras líneas de investigación para que el mundo académico y la industria desarrollen e implementen soluciones de contratos inteligentes sostenibles y aumenten la sostenibilidad de la cadena de suministro mediante el despliegue de contratos inteligentes.
Modelo de 5 pasos para gestionar con éxito contratos y proveedores
Por el Grupo de Trabajo para la Redacción de Cláusulas Contractuales Modelo para la Protección de los Derechos Humanos en las Cadenas Internacionales de Suministro, Sección de Derecho Mercantil de la American Bar Association - David V. Snyder, presidente, Susan A. Maslow, vicepresidenta. Proyecto Principled Purchasing dirigido por Sarah Dadush.
Aunque el cambio más destacado de los CCM 2.0 es que los compradores comparten la responsabilidad contractual de proteger los derechos humanos con sus proveedores y subproveedores, otros cambios en el diseño de los contratos son igualmente fundamentales. En lugar de un régimen típico de declaraciones y garantías, con la consiguiente responsabilidad contractual estricta, estas cláusulas prevén un régimen de diligencia debida en materia de derechos humanos, que exige a ambas partes tomar las medidas adecuadas para identificar y mitigar los riesgos para los derechos humanos y abordar los impactos adversos sobre los derechos humanos -potenciales o existentes- a medida que surjan. Este régimen es considerablemente más pragmático. Muchas declaraciones y garantías son cuestionables en estos contextos, pues animan a las partes a hacer la vista gorda ante la realidad mientras asumen una responsabilidad estricta teórica (el problemático enfoque de "marcar la casilla" o "casilla de verificación"). La diligencia debida en materia de derechos humanos es un proceso más realista que pide a las partes que colaboren en el establecimiento de prioridades sobre la base de sus conclusiones (en curso) en materia de diligencia debida y que adopten medidas afirmativas para abordar primero los problemas más acuciantes, sin una representación ficticia de que todo es perfecto.
Ep. 14: Cláusulas contractuales modelo para proteger al ser humano
Hemos publicado una versión actualizada del Modelo de Contrato de Servicios. Esta versión refleja la evolución de la política gubernamental, la normativa y el mercado. El Contrato Modelo de Servicios constituye un conjunto de cláusulas y condiciones tipo para contratos de servicios complejos que se publican para uso de los departamentos gubernamentales y muchas otras organizaciones del sector público.
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Formación en aprovisionamiento, Formación en compras, Suministros
Las MCC 2.0 son las primeras cláusulas contractuales modelo que integran los principios de "diligencia debida en materia de derechos humanos" como parte integrante de la relación comprador-proveedor. Plasman los principios contenidos en los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos (UNGP) y en la Guía de Diligencia Debida de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) en obligaciones contractuales que exigen al comprador y al proveedor cooperar en la protección de los derechos humanos y responsabilizan a ambas partes del cumplimiento del contrato en materia de derechos humanos.
Las MCC 2.0 permiten a las empresas elegir y adaptar las cláusulas para reflejar sus posiciones, su exposición al riesgo de los derechos humanos, sus objetivos y las necesidades específicas de su sector. Además de ayudar a alinear los contratos con los principios de diligencia debida en materia de derechos humanos, las MCC también pueden utilizarse para promover objetivos medioambientales, sociales y de gobernanza (ESG) más amplios.
En un contexto cambiante de creciente escrutinio mundial por parte de reguladores y gobiernos sobre los abusos de los derechos humanos en las cadenas mundiales de suministro, las MCC proporcionan la orientación operativa que faltaba en materia de contratación. La UE ya ha dado pasos importantes para obligar a las empresas que operan en la región a ejercer la diligencia debida en materia de derechos humanos y a presentar informes al respecto.